Sorteo GANA UNA MOTO CON VETERINO
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Términos y condiciones
El presente documento constituye las bases legales, términos y condiciones (en adelante, "Las Bases") que regularán el sorteo denominado "GANA UNA MOTO CON VETERINO" (en adelante, "El Sorteo"), organizado por la empresa VETERINO (en adelante, "La Empresa"). La participación en El Sorteo implica la aceptación total, incondicional y sin reservas de estas Bases por parte de los participantes, de conformidad con la legislación comercial vigente en la República del Ecuador.
1. VIGENCIA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO
El Sorteo estará vigente en el territorio de la República del Ecuador desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 15 de junio de 2026 a las 12:00 PM.
2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN y MECÁNICA
Podrán participar todas las personas naturales, mayores de 18 años, legalmente residentes en el Ecuador, que cumplan con las siguientes condiciones comerciales:
Condición de Compra: Realizar una compra mínima o acumulada de CINCUENTA DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($50.00 USD), valor que debe estar reflejado en una o varias facturas comerciales autorizadas por el SRI. La compra debe corresponder estrictamente a productos de alimento para mascotas de cualquiera de las marcas comercializadas y distribuidas por la empresa VETERINO.
Llenado del Boleto: Por cada compra que cumpla con el monto señalado, el cliente recibirá un boleto físico para El Sorteo. El participante deberá llenar obligatoriamente y de forma legible sus datos principales: Nombres y Apellidos completos, número de Cédula de Ciudadanía o Identidad, número de teléfono de contacto y correo electrónico.
Depósito: El boleto debidamente llenado deberá ser depositado dentro del periodo de vigencia en el ánfora autorizada por La Empresa que se encuentra en el CVDL.
3. MECÁNICA DEL SORTEO: VALIDACIÓN LEGAL Y DESCARTE DOBLE
El sorteo se llevará a cabo de manera pública y transparente el día 15 de junio de 2026 a las 16:00 PM mediante la modalidad de ÁNFORA ABIERTA, garantizando la libre observación de los asistentes y la legalidad del acto.
La determinación del ganador se realizará bajo la estricta regla de "Descarte Doble", procediendo de la siguiente manera:
Primer Descarte: Se extraerá el primer boleto de la ánfora abierta; este boleto quedará automáticamente descalificado y no tendrá derecho a premio.
Segundo Descarte: Se extraerá un segundo boleto de la ánfora abierta; este boleto también quedará automáticamente descalificado y no tendrá derecho a premio.
Boleto Ganador: El tercer boleto extraído de forma consecutiva será el inicialmente seleccionado para optar por el premio.
Validación de Datos en el Acto: De conformidad con los principios de buena fe comercial, el sorteo será plenamente legal y válido utilizando única y exclusivamente los datos impartidos, consignados y registrados por el participante en el boleto físico el día del sorteo. Si el tercer boleto extraído (boleto potencialmente ganador) no cuenta con los datos principales solicitados de forma completa y legible (Nombres, Cédula y Teléfono), este boleto será anulado por falta de idoneidad y se procederá a extraer un nuevo boleto bajo la misma mecánica hasta hallar uno válido.
4. DEL PREMIO Y NOTIFICACIÓN
El premio objeto de este sorteo consiste única y exclusivamente en: Una (1) moto eléctrica e force silence max 1.0 aro 10 1500w 72v-32ah El premio es personal, intransferible y en ningún caso podrá ser canjeado por su equivalente en dinero en efectivo u otros bienes comerciales.
Una vez validado el boleto ganador el 15 de junio de 2026, La Empresa procederá a contactar al seleccionado mediante los datos telefónicos o electrónicos provistos en dicho boleto.
5. CLÁUSULA DE NO COMPARECENCIA Y CUSTODIA DE LA EMPRESA
El participante cuyo boleto resulte favorecido dispondrá de un término improrrogable de 15 días calendario, contados a partir del día del sorteo (15 de junio de 2026), para comparecer físicamente, presentar su documento de identidad original, la factura de compra correspondiente (si así lo requiere La Empresa para validación adicional) y reclamar el premio.
Si transcurrido dicho plazo el ganador no comparece, no fuera localizado debido a datos erróneos en el boleto, se negare a recibir el premio, o no cumpliere con los requisitos de ley vigentes en el Ecuador para la transferencia del vehículo:
Se declarará formalmente el premio como "No Ganado / Desierto".
El bien (la motocicleta) pasará de forma definitiva a custodia y propiedad de la empresa VETERINO, quedando La Empresa facultada para disponer del vehículo de la forma que mejor convenga a sus intereses comerciales, institucionales o legales, sin que esto genere derecho a indemnización o reclamo posterior por parte de ningún participante.
6. RESPONSABILIDADES Y GASTOS DE TRANSFERENCIA
De acuerdo con el Código de Comercio ecuatoriano, la entrega del premio se perfecciona con la firma del acta de entrega-recepción. Todos los gastos correspondientes a la transferencia de dominio, matriculación, tasas de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), e impuestos que graven la adquisición de vehículos motorizados o premios por sorteos, correrán por cuenta exclusiva del Ganador.
7. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Para cualquier controversia que se suscite derivada de la interpretación o ejecución de las presentes Bases, las partes se someten a la legislación comercial de la República del Ecuador y a los jueces competentes de la ciudad de Quito o al proceso de mediación y arbitraje correspondiente si así se acordare.




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